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Normativa Montevideo

Artículo D.227.18.5

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.227.18.5

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible / Legislativa / Programas de Actuacion Integrada / Programa de Actuación Integrada (PAI) Melilla Este

Articulo D.227.18.5

Transporte de carga . Se admite para las vias referidas la circulación de camiones de carga hasta 45 toneladas, tipo C12-R12 con un largo máximo de 20 metros y T12-S13 con largo máximo de 18,60 metros.
Notas
Transporte de carga. Se admite para las vias referidas la circulación de camiones de carga hasta 45 toneladas, tipo C12-R12 con un largo máximo de 20 metros y T12-S13 con largo máximo de 18,60 metros.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202