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Normativa Montevideo

Artículo D.227.38

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. · Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1158
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo., art. D.227.38

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. / Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible / Legislativa / Programas de Actuacion Integrada / Programa de Actuación Integrada Abreviado Parque Industrial Ruta 102 - Ruta 8 / Aspectos de Gestión

Articulo D.227.38

Creación de la Unidad de Actuación N.° 1 (UA1). Autorízase, para la ejecución del Programa de Actuación Integrada Abreviado “Parque Industrial Ruta 102 - Ruta 8” en el Área Potencialmente Transformable N.º 5 (APT 5), la creación de una Unidad de Actuación conformada por el ámbito definido en el artículo D.227.20, a los efectos de la gestión y ejecución de las determinaciones contenidas en el presente decreto.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:51202
ReferenciaVolumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A51202