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Normativa Montevideo

Artículo D.2427.2

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2427.2

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / De las concesiones funerarias / Disposiciones generales

Articulo D.2427.2

Lo dispuesto en el artículo anterior, lo es sin perjuicio de lo establecido en los artículos D. 2433 , y D. 2523 y demás normas concordantes.
Notas
Lo dispuesto en el artículo anterior, lo es sin perjuicio de lo establecido en los artículos D. 2433, y D. 2523 y demás normas concordantes.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796