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Normativa Montevideo
Artículo D.2428
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. D.2428
Articulo D.2428
Las causales de pobreza notoria y ausencia del país por 5 (cinco) años consecutivos mencionados en los apartados a) y b) del artículo D. 2427 , se justificará en la vía jurisdiccional mediante el procedimiento de información "ad perpetuam".
Las causales de pobreza notoria y ausencia del país por 5 (cinco) años consecutivos mencionados en los apartados a) y b) del artículo D. 2427, se justificará en la vía jurisdiccional mediante el procedimiento de información "ad perpetuam".
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796