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Normativa Montevideo

Artículo D.2438

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2438

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / De las concesiones funerarias / De la adjudicación

Articulo D.2438

El mismo Departamento, tramitará las adjudicaciones de los nichos, sepulcros, parcelas o panteones que hubiesen vuelto al dominio de la Intendencia, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos D.2508 a D.2523 .
Notas
El mismo Departamento, tramitará las adjudicaciones de los nichos, sepulcros, parcelas o panteones que hubiesen vuelto al dominio de la Intendencia, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos D.2508 a D.2523.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796