Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.2452

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2452

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / De las concesiones funerarias / De la regularización de la documentación / De los títulos

Articulo D.2452

Asimismo y sin perjuicio de las demás disposiciones que regulan la actualización de los títulos de concesiones funerarias, excepcionalmente podrá procederse a la expedición de nuevos títulos de derecho de uso funerarios, cuando él o los usuarios acrediten la posesión del bien tumbal por más de cuarenta y cinco años de utilización del mismo, habiéndola ejercido con ánimo de titular.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796