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Normativa Montevideo

Artículo D.2453.13

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2453.13

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / Del arrendamiento de locales funerarios de propiedad de la Intendencia / Del arrendamiento de urnarios

Articulo D.2453.13

El Servicio Fúnebre y de Necrópolis, además de los datos que considere necesarios, hará constar en el contrato de arrendamiento, los siguientes extremos: a) nombre y apellidos completos del usuario; b) datos individualizantes de los restos a depositar; c) transcripción del texto de los artículos D. 2453.8 y D.2453.12 que el usuario declarará conocer, aceptando todo lo que en ellos se dispone.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796