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Normativa Montevideo
Artículo D.2486.1
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. D.2486.1
Articulo D.2486.1
El Servicio Fúnebre y de Necrópolis se hará cargo de los cuerpos de todas aquellas personas fallecidas en el Departamento que no fueran reclamados en plazo, en cuyo caso efectuará traslado de los restos al Instituto Técnico Forense y operará posteriormente el sepelio.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796