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Normativa Montevideo

Artículo D.2494

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2494

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / De las exhumaciones / Del traslado de restos que constituyen gravamen

Articulo D.2494

Cuando los usuarios lo soliciten por escrito, los restos de personas ajenas a la enumeración precedente, también constituirán gravamen. Su traslado podrá verificarse en las condiciones señaladas en el artículo que antecede, como también podrá solicitarse la perpetuidad de los mismos en el lugar en que yacen.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796