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Normativa Montevideo

Artículo D.2507

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. D.2507

De los Cementerios / De los Cementerios / Legislativa / De la cremación / De la cremación y sus requisitos

Articulo D.2507

De no realizarse en tiempo y forma las reducciones de cuerpos inhumados en fosas y tubulares los restos serán cremados de oficio, por la sola determinación del Servicio.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796