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Normativa Montevideo
Artículo D.2511
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. D.2511
Articulo D.2511
Cumplidas las medidas a que hace referencia el artículo D.2510 , la Intendencia efectuará un emplazamiento por el término de sesenta (60) días, mediante publicaciones de avisos, por cinco (5) días, en el Diario Oficial y en un diario de circulación general de Montevideo. Las publicaciones se repetirán por un nuevo término de cinco (5) días, al vencimiento de los primeros treinta (30) días, contados desde la primera publicación.
Cumplidas las medidas a que hace referencia el artículo D.2510, la Intendencia efectuará un emplazamiento por el término de sesenta (60) días, mediante publicaciones de avisos, por cinco (5) días, en el Diario Oficial y en un diario de circulación general de Montevideo. Las publicaciones se repetirán por un nuevo término de cinco (5) días, al vencimiento de los primeros treinta (30) días, contados desde la primera publicación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796