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Normativa Montevideo
Artículo D.2513
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. D.2513
Articulo D.2513
En el acceso principal a la respectiva necrópolis y en el o los accesos secundarios más próximos al sepulcro o nicho, se colocará copia de los avisos a que refiere el artículo anterior, así como en la página de Internet de la Intendencia de Montevideo, por el término de sesenta (
60) días.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796