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Normativa Montevideo

Artículo R.1325

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1325

De los Cementerios / De los Cementerios / De las concesiones funerarias / De la regularización y extravío de títulos / Del extravío de títulos

Articulo R.1325

En caso de extravío del título, el usuario de un bien funerario podrá utilizarlo mediante la presentación de un certificado notarial que acredite su calidad de titular.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796