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Normativa Montevideo

Artículo R.1386.2

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1386.2

De los Cementerios / De los Cementerios / De las inhumaciones / De las inhumaciones en nichos

Articulo R.1386.2

Seguidamente al depósito del cuerpo en el nicho, su tapa será debidamente sellada con productos siliconados, enduido, plástico, contratapa o cualquier otro dispositivo que garantice su hermeticidad, evitando la salida de gases y la entrada y salida de vectores. Las empresas o instituciones titulares de nichos colectivos podrán adoptar medidas alternativas que aseguren su hermeticidad, previa aprobación de la Intendencia de Montevideo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796