Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1399

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1399

De los Cementerios / De los Cementerios / De las cremaciones / Único

Articulo R.1399

La documentación requerida por los artículos D.2503 , D.2504 y D.2505 para proceder a la cremación de un cadáver deberá ser presentada ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del deceso.
Notas
La documentación requerida por los artículos D.2503, D.2504 y D.2505 para proceder a la cremación de un cadáver deberá ser presentada ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del deceso.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796