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Normativa Montevideo
Artículo R.1405
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. R.1405
Articulo R.1405
En la boleta de inhumación que el Servicio Fúnebre y de Necrópolis entrega a los deudos en el momento del sepelio, se dejará expresa constancia de que el plazo de permanencia de los cuerpos en los nichos será de dos años y que vencido el mismo se acuerdan treinta días para la presentación de los interesados para la extracción y reducción o traslado del cuerpo en caso de momificación, vencido el cual se procederá sin más trámite a disponer de los restos conforme a las normas establecidas para las inhumaciones en tierra.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796