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Normativa Montevideo

Artículo R.1412

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1412

De los Cementerios / De los Cementerios / De los nichos tubulares del Cementerio del Norte

Articulo R.1412

Los cuerpos no retirados de los tubulares del Cementerio del Norte para su reducción por los deudos o particulares responsables de su inhumación, al término del plazo fijado para la permanencia de los mismos en dichos locales, serán sacados de éstos y cremados de oficio.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796