Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.1415
Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XI De los Cementerios, art. R.1415
Articulo R.1415
En el Sector B del cuerpo de nichos que forman un conjunto con el edificio del crematorio del Cementerio del Norte, podrán ser colocados los ataúdes o urnas correspondientes a cadáveres o restos de cualquier época de los padres, madres, cónyuges o hijos de los funcionarios de la Intendencia en actividad, o que se hayan jubilado al egresar de las planillas presupuestales de esta Intendencia, siendo el uso de los locales gratuito.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796