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Normativa Montevideo

Artículo R.1428

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1428

De los Cementerios / De los Cementerios / Del orden en los cementerios

Articulo R.1428

El hecho de haber trabajado el año anterior no importa preferencia para la nueva admisión, siguiéndose estrictamente el orden de inscripción.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796