Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1444

Volumen XI De los Cementerios · Volumen XI De los Cementerios

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos347
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XI De los Cementerios, art. R.1444

De los Cementerios / De los Cementerios / Del cuidado y limpieza de los bienes funerarios

Articulo R.1444

Las personas a que se refiere este Título están obligadas a dar aviso a la Jefatura del cementerio de cualquier hecho incorrecto o delictuoso que presencien o conozcan producido dentro del establecimiento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:52796
ReferenciaVolumen XI De los Cementerios
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A52796