Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.110.1

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. D.110.1

Relación Funcional / De la relación funcional / Legislativa / Del estatuto del funcionario / De la jornada de trabajo / Disposiciones generales

Articulo D.110.1

Facúltase a la Intendencia para establecer un régimen de dedicación extraordinaria de 48 horas semanales para funcionarios que trabajen en proyectos de especial interés departamental, declarados tales por el Intendente y puestos en conocimiento de la Junta Departamental de Montevideo. Este régimen se podrá asignar por períodos semestrales y sólo será renovado previa fundamentación en cada caso. Los funcionarios que se seleccionarán por concurso interno de oposición y méritos deberán tener una dedicación de tiempo completo y atender exclusivamente las tareas propias de los proyectos referidos, no pudiéndoseles asignar horas extras ni ninguna compensación por mayor horario. Los funcionarios que se encuentran en este régimen tendrán derecho a una compensación de hasta el 70% sobre su sueldo base de 6 horas, compensación que no será tomada en cuenta para el cálculo de otros beneficios, con excepción del aguinaldo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992