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Normativa Montevideo
Artículo D.126.2
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. D.126.2
Articulo D.126.2
Al funcionariado con vulnerabilidades particulares que ingresen al sistema especial de trabajo protegido creado por el artículo 50 del Decreto Nº 37.847 , de 3 de diciembre de 2021,(*) la Administración podrá concederles licencia especial con goce de sueldo hasta por el plazo de 3 (tres) meses, el que podrá renovarse por única vez, en casos debidamente fundamentados, por hasta el mismo término. La Intendencia reglamentará esta disposición.
Al funcionariado con vulnerabilidades particulares que ingresen al sistema especial de trabajo protegido creado por el artículo 50 del Decreto Nº 37.847, de 3 de diciembre de 2021,(*) la Administración podrá concederles licencia especial con goce de sueldo hasta por el plazo de 3 (tres) meses, el que podrá renovarse por única vez, en casos debidamente fundamentados, por hasta el mismo término. La Intendencia reglamentará esta disposición.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992