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Normativa Montevideo

Artículo D.139

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. D.139

Relación Funcional / De la relación funcional / Legislativa / Del estatuto del funcionario / De la permuta de cargos

Articulo D.139

Las permutas de cargos sólo podrán ser autorizadas cuando a juicio del Intendente no impliquen perjuicio para los servicios afectados o para los derechos de otros funcionarios, previo informe del área encargada de los Recursos Humanos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992