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Normativa Montevideo
Artículo D.43.11
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. D.43.11
Articulo D.43.11
(Prohibición de relaciones con actividad vinculada) Prohíbese a los funcionarios ejercer su función con relación a las actividades privadas a las que se encuentren vinculados. La prohibición establecida en el inciso anterior se extiende a todas las contrataciones realizadas a solicitud de la Intendencia por organismos internacionales o mediante la ejecución de proyectos por terceros.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992