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Normativa Montevideo
Artículo D.43.24
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. D.43.24
Articulo D.43.24
(Control en Salud). Los/las funcionarios/as de la Intendencia deberán mantener actualizado el Control en Salud (ex Carné de Salud), siendo además responsables de gestionarlo y tramitarlo ante su prestador integral de salud o cualquier otra institución habilitada, conforme lo dispuesto en la normativa nacional aplicable en la materia.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992