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Normativa Montevideo

Artículo D.61

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. D.61

Relación Funcional / De la relación funcional / Legislativa / Del estatuto del funcionario / De los derechos y deberes de los funcionarios

Articulo D.61

Los funcionarios que se consideren afectados en sus derechos por las decisiones de la autoridad competente o de los órganos que de la misma dependan, podrán entablar los recursos correspondientes que prevén la Constitución de la República en el Capítulo IV, Sección XVII , el Decreto-Ley Nº 15.524 de 9 de enero de 1984 y la Ley Nº 15.869 de 22 de junio de 1987.
Notas
Los funcionarios que se consideren afectados en sus derechos por las decisiones de la autoridad competente o de los órganos que de la misma dependan, podrán entablar los recursos correspondientes que prevén la Constitución de la República en el Capítulo IV, Sección XVII, el Decreto-Ley Nº 15.524 de 9 de enero de 1984 y la Ley Nº 15.869 de 22 de junio de 1987.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992