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Normativa Montevideo

Artículo D.98.4

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. D.98.4

Relación Funcional / De la relación funcional / Legislativa / Del estatuto del funcionario / Del cambio de Carrera / Régimen General

Articulo D.98.4

El Intendente queda facultado para modificar, mediante la transformación del cargo, la carrera de los funcionarios presupuestados por otra incluida en el mismo subescalafón, por razones de servicio y con la anuencia del funcionario, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos de la nueva carrera. En ningún caso esta modificación podrá implicar un cambio en el grado SIR del sueldo básico del funcionario.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992