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Normativa Montevideo
Artículo D.98.4
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. D.98.4
Articulo D.98.4
El Intendente queda facultado para modificar, mediante la transformación del cargo, la carrera de los funcionarios presupuestados por otra incluida en el mismo subescalafón, por razones de servicio y con la anuencia del funcionario, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos de la nueva carrera. En ningún caso esta modificación podrá implicar un cambio en el grado SIR del sueldo básico del funcionario.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992