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Normativa Montevideo

Artículo R.161.24

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.161.24

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De los escalafones y subescalafones / Del escalafón administrativo

Articulo R.161.24

El Escalafón Administrativo, previsto en el Artículo D.79.9 , se integrará con los cargos y funciones cuyas actividades variadas, diversas y de distinto grado de complejidad y exigencia consisten, entre otras, en: La búsqueda, preparación, procesamiento, control y archivo de distinto tipo de información, datos, documentos y valores e implican tanto en forma oral como escrita el manejo, comprensión, interpretación y elaboración de textos, redacciones, cifras, cálculos y sus relaciones, con el objeto de realizar en tiempo y forma los procesos y programas preestablecidos y responder ante necesidades específicas de la actividad, individualmente o en coordinación con otros. La elaboración de análisis y conclusiones sobre distintos temas de administración, como base para la toma de decisiones y para servir de apoyo auxiliar al desarrollo, instrumentación, implementación y control de proyectos, nuevos procesos y programas, así como el desarrollo de actividades conexas a la ejecución de operaciones de magnitud que involucran el flujo y control de valores y documentación equivalente. La programación, coordinación, control y supervisión de actividades en los niveles organizacionales que lo requieran.
Notas
El Escalafón Administrativo, previsto en el Artículo D.79.9, se integrará con los cargos y funciones cuyas actividades variadas, diversas y de distinto grado de complejidad y exigencia consisten, entre otras, en: La búsqueda, preparación, procesamiento, control y archivo de distinto tipo de información, datos, documentos y valores e implican tanto en forma oral como escrita el manejo, comprensión, interpretación y elaboración de textos, redacciones, cifras, cálculos y sus relaciones, con el objeto de realizar en tiempo y forma los procesos y programas preestablecidos y responder ante necesidades específicas de la actividad, individualmente o en coordinación con otros. La elaboración de análisis y conclusiones sobre distintos temas de administración, como base para la toma de decisiones y para servir de apoyo auxiliar al desarrollo, instrumentación, implementación y control de proyectos, nuevos procesos y programas, así como el desarrollo de actividades conexas a la ejecución de operaciones de magnitud que involucran el flujo y control de valores y documentación equivalente. La programación, coordinación, control y supervisión de actividades en los niveles organizacionales que lo requieran.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992