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Normativa Montevideo
Artículo R.161.32
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.161.32
Articulo R.161.32
Nivel V Este nivel es aplicable a quienes tienen los conocimientos teóricos (estudios formales o informales) que la carrera exige y que no poseen o poseen poca experiencia en tareas similares a las que debe efectuar. Puede aplicarse también a quienes sin reunir los conocimientos teóricos posean cierta experiencia en las tareas específicas. Predominan las actividades de aprendizaje relativas a la aplicación de la especialidad y al conocimiento de las normas, procedimientos y prácticas de la Institución, a través de entrenamiento formal y/o asignaciones con tal fin, complementarios o auxiliares de otras mayores. Se trabaja bajo estrecha supervisión o guía de personal jerárquico o con mayor experiencia. La acumulación de experiencia en este nivel se refleja habitualmente en un aumento rápido y considerable en la capacidad y eficiencia. Este nivel debería ser necesariamente superado por todo el personal perteneciente a la carrera. Nivel de desempeño aceptable.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992