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Normativa Montevideo
Artículo R.161.33
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.161.33
Articulo R.161.33
NIVEL IV Este nivel es aplicable a quienes, reuniendo los conocimientos teóricos requeridos, posean mediana experiencia aplicable en las tareas a desempeñar. Están en condiciones de realizar las tareas de cierta complejidad correspondientes a su función o llevar a cabo asignaciones parciales, generalmente enmarcadas dentro de una asignación mayor o sobre temas que requieran la aplicación de conocimientos teóricos en el tratamiento de problemas específicos. Generalmente se trabaja sobre la base de procedimientos o instrucciones precisas y detalladas o bajo supervisión y guía cercana de personal jerárquico o más experimentado. En condiciones normales, la acumulación de experiencia en esta etapa se traduce en un aumento significativo de la capacidad y eficiencia. Este nivel debería ser alcanzado y superado por todos quienes pertenezcan a la carrera. Nivel de desempeño bueno.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992