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Normativa Montevideo
Artículo R.161.36
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.161.36
Articulo R.161.36
Nivel I Este nivel reúne las condiciones expuestas para el nivel anterior, con sólida experiencia en el mismo. En éste se realizan tareas y asignaciones de alta complejidad y envergadura, que requieren el dominio pleno de los conocimientos teóricos y prácticos involucrados, así como una total comprensión y manejo de las interrelaciones y coordinación con otras funciones y sectores. Se puede conducir a grupos de funcionarios afectados a esas asignaciones u a otras vinculadas, complementarias o auxiliares. En su carácter de experto, quienes accedan a este nivel analizan y asisten a otros en el análisis y resolución de problemas en la ejecución de actividades relacionadas a su función, trabajando con amplia independencia y bajo supervisión restringida en general a la definición de objetivos y control de resultados parciales y finales. Se entiende que este puede ser el nivel previo al de un puesto de conducción con mando pleno y permanente, por lo cual quienes lo alcancen deberían ser considerados tanto reemplazantes naturales de los actuales ocupantes como candidatos potenciales para cubrir nuevos puestos de supervisión o conducción. Nivel a utilizarse con criterio restrictivo, y que será alcanzado por quienes se destaquen en el nivel anterior o por aquellos con condiciones de expertos en alguna especialidad reconocida. Se requiere la existencia de una vacante presupuestal específica. Nivel de desempeño excelente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992