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Normativa Montevideo
Artículo R.165.3.1
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.165.3.1
Articulo R.165.3.1
Los/las funcionarios/as del Escalafón Profesional y Científico que no expresen su voluntad de continuar con la jornada de 4 (cuatro) horas diarias, serán incorporados al régimen de dedicación de 30 (treinta) horas semanales, el cual tendrá carácter permanente y definitivo, no pudiendo retornar en ningún caso a la jornada de 4 (cuatro) horas diarias.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992