Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.165.3.3

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.165.3.3

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la jornada / Disposiciones generales

Articulo R.165.3.3

Los/las funcionarios/as del Escalafón Profesional y Científico que tengan régimen de extensión horaria a 5 (cinco) horas diarias -otorgada antes del 31 de enero de 2023-, y hayan manifestado su expresa voluntad de permanecer en la jornada de 4 (cuatro) horas diarias de labor, continuarán con el mismo hasta su vencimiento, pudiéndose renovar dicha extensión, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos R.180.10 y R.180.11 del Volumen III del Digesto Departamental, siendo además aplicable lo establecido en el artículo R.165.3.2 , estando habilitados a manifestar sin plazo su voluntad de incorporarse al nuevo régimen de 6 (seis) horas diarias.
Notas
Los/las funcionarios/as del Escalafón Profesional y Científico que tengan régimen de extensión horaria a 5 (cinco) horas diarias -otorgada antes del 31 de enero de 2023-, y hayan manifestado su expresa voluntad de permanecer en la jornada de 4 (cuatro) horas diarias de labor, continuarán con el mismo hasta su vencimiento, pudiéndose renovar dicha extensión, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos R.180.10 y R.180.11 del Volumen III del Digesto Departamental, siendo además aplicable lo establecido en el artículo R.165.3.2, estando habilitados a manifestar sin plazo su voluntad de incorporarse al nuevo régimen de 6 (seis) horas diarias.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992