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Normativa Montevideo

Artículo R.180.10

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.180.10

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la jornada / De las extensiones horarias

Articulo R.180.10

Sin perjuicio de lo establecido en los artículos D.108 y siguientes , la extensión horaria o régimen de mayor dedicación podrá ser asignada a los/las funcionarios/as que cumplan con los siguientes requisitos: a) Contar con una evaluación de desempeño igual o superior a 75 (setenta y cinco) puntos. b) Tener un informe favorable de los Directores de la División y Departamento respectivos, que se hará constar en la resolución que se dicte al efecto y que responda a una necesidad del Servicio.
Notas
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos D.108 y siguientes, la extensión horaria o régimen de mayor dedicación podrá ser asignada a los/las funcionarios/as que cumplan con los siguientes requisitos: a) Contar con una evaluación de desempeño igual o superior a 75 (setenta y cinco) puntos. b) Tener un informe favorable de los Directores de la División y Departamento respectivos, que se hará constar en la resolución que se dicte al efecto y que responda a una necesidad del Servicio.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992