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Normativa Montevideo
Artículo R.180.14
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.180.14
Articulo R.180.14
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el Servicio de Administración de Gestión Humana, mediante los/as funcionarios/as designados/as al efecto, realizará el contralor y fiscalización del cumplimiento efectivo de los horarios extendidos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992