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Normativa Montevideo
Artículo R.199
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.199
Articulo R.199
Los funcionarios a quienes se haya cometido el contralor a que se refiere el art. R. 197 lo efectuarán en presencia del Director de la dependencia correspondiente o del funcionario que éste designe para ello, el cual deberá pertenecer en lo posible, a la categoría funcional Administrativa.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992