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Normativa Montevideo

Artículo R.215.1

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.215.1

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la asistencia y permanencia en sus funciones del personal de la Intendencia / De las sanciones

Articulo R.215.1

En los casos de inasistencia con aviso el Director de Servicio, de División o de Departamento en su caso, podrá reconsiderar la sanción a aplicar a solicitud del funcionario, quien deberá justificar debidamente dichas inasistencias dentro del plazo de 48 horas hábiles siguientes a su última inasistencia.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992