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Normativa Montevideo

Artículo R.232.4.8

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.232.4.8

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / Normas generales para el ascenso y las promociones / De los requisitos especiales

Articulo R.232.4.8

Los funcionarios que por cualquier causal no se presentaren a los cursos, pruebas de suficiencia o concursos de oposición, no tendrán derecho a que se les convoque nuevamente durante el mismo período de promociones y ascensos. No obstante, en caso de que el funcionario no se haya presentado por causa de un accidente laboral debidamente certificado, será nuevamente convocado si la Administración reitera los cursos o pruebas a los que no ha concurrido.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992