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Normativa Montevideo
Artículo R.238.11
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.238.11
Articulo R.238.11
La Unidad de Selección y Carrera Funcional recibirá los formularios de evaluación del desempeño, las solicitudes de evaluación originadas en aplicación del Artículo R.238.9 , así como las reclamaciones que existieren, los clasificará y remitirá la información a los Tribunales de Calificación en un plazo máximo de 10 días corridos. En el caso de evaluaciones por periodos parciales, tanto las reclamaciones como las solicitudes de evaluación, serán conservadas por los Evaluadores hasta la siguiente instancia de Calificación General como antecedentes, incorporándose, en su momento, al respectivo material.
La Unidad de Selección y Carrera Funcional recibirá los formularios de evaluación del desempeño, las solicitudes de evaluación originadas en aplicación del Artículo R.238.9, así como las reclamaciones que existieren, los clasificará y remitirá la información a los Tribunales de Calificación en un plazo máximo de 10 días corridos. En el caso de evaluaciones por periodos parciales, tanto las reclamaciones como las solicitudes de evaluación, serán conservadas por los Evaluadores hasta la siguiente instancia de Calificación General como antecedentes, incorporándose, en su momento, al respectivo material.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992