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Normativa Montevideo

Artículo R.238.26

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.238.26

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De los tribunales de calificación y la calificación general / Tribunales de Calificación

Articulo R.238.26

a) Dentro de los diez días corridos siguientes a la publicación del Proyecto de Calificación General a que refiere el artículo anterior, el funcionario calificado podrá presentar individualmente observaciones fundadas que le mereciere su respectivo Proyecto de Calificación ante el respectivo Tribunal de Segundo Grado, a través de la Unidad Selección y Carrera Funcional. b) Previa clasificación, ésta las remitirá, adjuntando los antecedentes, a los respectivos Tribunales de Segundo Grado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992