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Normativa Montevideo

Artículo R.238.34

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.238.34

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / Normas generales

Articulo R.238.34

La Administración impartirá cursos de capacitación y/ó actualización para los Evaluadores y los miembros de los Tribunales de Calificación. a) Los integrantes de los Tribunales de 2do. Grado en caso de detectar falencias, errores metodológicos, vicios formales, etcétera, deberán, independientemente de las acciones indicadas en los Artículos respectivos, comunicar a la División Administración de Personal dichas situaciones. b) Asimismo, al inicio de cada proceso de calificación, los integrantes de los Organos Evaluadores realizarán una jornada de trabajo para uniformizar criterios de evaluación en los respectivos Departamentos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992