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Normativa Montevideo
Artículo R.238.38.3
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.238.38.3
Articulo R.238.38.3
En caso de situaciones especiales como discrepancia entre los miembros del Órgano Evaluador o recursos presentados por funcionarios/as que no superaran el puntaje mínimo requerido en la Evaluación de Desempeño Inicial, intervendrá la Comisión Especial. La misma estará integrada por quienes a continuación se detallan: el Director General de Gestión Humana y Recursos Materiales, el Director de la División Administración de Personal, el Director del Departamento en el que trabaja el/la evaluado/a y un veedor designado por ADEOM, quienes tendrán por cometido laudar la situación planteada.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992