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Normativa Montevideo
Artículo R.238.6
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.238.6
Articulo R.238.6
Una vez vencido el plazo referido en el art. R.238.3 lit. b) los funcionarios tendrán un plazo de diez días corridos para expresar individualmente sus discrepancias, solicitando ante el Órgano Evaluador correspondiente la reconsideración de su Evaluación del Desempeño. Esta discrepancia se asentará por escrito adjunta al formulario y deberá contener una referencia de aquel o aquellos puntajes asignados por el Órgano Evaluador con los cuales discrepa.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992