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Normativa Montevideo

Artículo R.238.7

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.238.7

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la evaluación del desempeño / Órganos Evaluadores y Unidades de Evaluación

Articulo R.238.7

Las Evaluaciones del Desempeño se realizarán en un plazo máximo de veinte días corridos, prorrogables excepcionalmente por la División Administración de Personal por una sola vez por diez días corridos en aquellos casos en que hubiera sido imposible por motivos fundados dar cumplimiento al procedimiento de evaluación. a) A partir del vencimiento de la prórroga se procederá a la publicación correspondiente en el lugar de trabajo, en la fecha que la Unidad de Selección y Carrera Funcional comunique de acuerdo al procedimiento. b) La inobservancia no justificada de lo establecido en los incisos anteriores aparejará la aplicación de una suspensión de tres días.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992