Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.239.4
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.239.4
Articulo R.239.4
Entre el 1º y 10 de cada mes los distintos servicios, sin excepción, deberán ingresar en el Sistema de Recursos Humanos (SRH), el movimiento y asistencia de sus funcionarios, ajustado al siguiente orden: a) Faltas con aviso; b) Faltas sin aviso; c) Sanciones aplicadas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992