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Normativa Montevideo

Artículo R.244.1

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.244.1

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De los concursos / De los tribunales de concursos

Articulo R.244.1

Integración. Los Tribunales de Concurso se integrarán con tres o cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, y ya sean funcionarios de la Intendencia o externos, deberán poseer reconocida idoneidad técnica para la tarea a realizar. En todos los concursos podrá haber también un veedor designado por ADEOM con su respectivo suplente. La Administración podrá en casos excepcionales, por la característica específica del cargo a proveer, designar para integrar el Tribunal un miembro externo de reconocida idoneidad técnica. En el caso de los Concursos Abiertos, cuando los integrantes del Tribunal sean cinco, se podrán designar hasta dos miembros externos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992