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Normativa Montevideo

Artículo R.245.11

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.245.11

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De los concursos / De las pruebas

Articulo R.245.11

Desempate. En los concursos internos, para el caso en que dos o más funcionarios se hallen en igualdad de puntaje total a la hora de procederse a la definición, se tomará en cuenta a aquel que reúna el mayor puntaje en la calificación general, estableciéndose como criterio subsidiario para los casos en que persista esta paridad el de mayor puntaje en las pruebas. En el caso de que el empate se produzca en concursos abiertos, a la hora de procederse a la definición preferirá aquel que reúna el mayor puntaje en la instancia de prueba, y para los casos en que persista esta paridad se establece como criterio subsidiario el de mayor puntaje en el factor formación del componente méritos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992