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Normativa Montevideo

Artículo R.254.8

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.254.8

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / Del régimen de sexto día de labor

Articulo R.254.8

La compensación del treinta por ciento (30%) sobre el sueldo base se liquidará por jornadas completas efectivamente cumplidas y tomando como base de cálculo la totalidad de jornadas adicionales que integran el mes calendario.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992