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Normativa Montevideo

Artículo R.272

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.272

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la licencia anual / Del plan anual de licencias

Articulo R.272

Cada año la Administración determinará la fecha en que se realizará el plan anual de licencias correspondiente al año siguiente. En éste se establecerán las fechas en que cada funcionario/a hará uso de su licencia, así como el mes que optará por percibir el salario vacacional, teniendo en cuenta los porcentajes establecidos y difundidos por la Administración. El contralor de los porcentajes será realizado por el Servicio Administración de Gestión Humana. Cada Director/a será responsable de mantener el correcto funcionamiento de su dependencia al elaborar el plan, en cuanto a la ausencia de sus funcionarios/as por uso de la licencia anual.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992