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Normativa Montevideo

Artículo R.283

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.283

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la licencia anual / De las licencias anuales especiales

Articulo R.283

Funcionarios con tareas insalubres y especiales. Los funcionarios de la Intendencia presupuestados o contratados que desempeñen "tareas insalubres" y "tareas especiales" tendrán derecho a una licencia anual remunerada de 30 (treinta) días, del mismo modo y forma que se establece para las licencias de "tareas ordinarias", con un máximo de 40 (cuarenta) días.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992